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15 de julio de 2026 · Comunicaffe International

La UE añade el café soluble al alcance del Reglamento sobre Deforestación

La Comisión Europea ha ampliado el Reglamento de la UE sobre Deforestación (EUDR) para incluir el café soluble, con el objetivo de crear un enfoque más coherente en la lucha contra la deforestación en la cadena de suministro del café. La nueva norma entrará en vigor para el café soluble el 30 de diciembre de 2027.

Photo: Gemini

La Comisión Europea ha añadido oficialmente el café soluble a la lista de productos cubiertos por su histórico Reglamento de la UE sobre Deforestación (EUDR). El cambio se confirmó en un Acto Delegado adoptado el 13 de julio como parte de una actualización más amplia del reglamento, que tiene como objetivo garantizar que los productos vendidos en la UE no estén vinculados a la deforestación o la degradación forestal.

Según la Comisión, la inclusión del café soluble, identificado por el código del Sistema Armonizado (SA) ‘2101 11 00’, tiene como objetivo cerrar un posible vacío legal. Los funcionarios afirmaron que la exclusión del producto creaba un "enfoque incoherente para el sector del café" y podría dar lugar a la reubicación del riesgo de deforestación en lugar de su eliminación. Esta enmienda garantiza que las diversas formas de café estén sujetas a los mismos requisitos de debida diligencia.

Para permitir que la industria tenga tiempo suficiente para adaptarse, el reglamento se aplicará al café soluble a partir del 30 de diciembre de 2027. Se trata de un plazo diferido en comparación con la implementación principal del EUDR, que entra en vigor para los grandes y medianos operadores el 30 de diciembre de 2026. La actualización formó parte de un paquete de simplificación que también supuso la adición o eliminación de otros productos del alcance del reglamento y proporcionó actualizaciones técnicas al sistema de información utilizado para presentar las declaraciones de debida diligencia.

Fuente: Comunicaffe International

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